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26 de septiembre de 2010

Trabajo por cuenta propia, mucho más que una alternativa

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Trabajo por cuenta propiaMucho más que una alternativa

 

LETICIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
El pasado primero de agosto el General de Ejército Raúl Castro Ruz anunció en
la Asamblea Nacional la decisión de ampliar el ejercicio del trabajo por cuenta
propia, y utilizarlo como una alternativa más de empleo para los trabajadores
que queden disponibles luego del proceso de reducción de plantillas infladas que
deberá asumir el país. En la reunión parlamentaria se conoció, además, que se
eliminarían varias de las prohibiciones vigentes para el otorgamiento de nuevas
licencias y la comercialización de algunos productos, además de flexibilizar la
posibilidad de contratar fuerza de trabajo en determinadas
actividades.


 

El trabajo por cuenta propia posibilitará el incremento de la oferta
de bienes y servicios.


 

Desde entonces muchos han quedado a la espera de una solución que, alejada de
la improvisación y lo efímero, posibilitará el incremento de la oferta de bienes
y servicios, a la vez que asegurará ingresos a aquellos que decidan ejercerla.
Contribuirá, también, a que el Estado se sacuda una buena parte de la carga de
subsidios excesivos, mientras deja en manos no estatales ofertas que durante
años asumió a pesar de la difícil coyuntura económica.


La medida de flexibilizar el trabajo por cuenta propia es una de las
decisiones que el país toma en el rediseño de su política económica, para
incrementar niveles de productividad y eficiencia. Se trata, además, de brindar
al trabajador una forma más de sentirse útil con su esfuerzo personal, y de
alejarnos de aquellas concepciones que condenaron el trabajo por cuenta propia
casi a la extinción y a estigmatizar a quienes decidieron sumarse a él,
legalmente, en la década de los noventa.


El primero de agosto se hacía pública también la aprobación de un régimen
tributario para el trabajo por cuenta propia que responde al nuevo escenario
económico del país. Que aporte más quien más reciba es el principio del nuevo
régimen tributario que ayudará a incrementar las fuentes de ingresos al
presupuesto del Estado, y a lograr una adecuada redistribución de estos a escala
social.


Pero, ¿cómo se ampliará el trabajo por cuenta propia? ¿Cuáles actividades se
incluyen en él? ¿Qué prohibiciones se derogan? ¿Cómo se organizará y se
controlará? ¿Qué impuestos se pagarán? Tras estas y otras interrogantes anduvo
Granma, y consultó a especialistas de los Ministerios de Economía y
Planificación, Finanzas y Precios, y Trabajo y Seguridad Social, quienes alistan
las regulaciones del trabajo por cuenta propia, que deberán comenzar a aplicarse
a partir de octubre.

La cuenta propia, no la
ajena

Admi Valhuerdi Cepero, viceministra primera del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, explicó que podrá realizarse el trabajo por cuenta propia en
178 actividades, de las cuales 83 podrán contratar fuerza de trabajo sin
necesidad de que sean convivientes o familiares del titular. "Se concederán
nuevas autorizaciones en 29 actividades que, si bien se ejercen en la
actualidad, no se otorgaban nuevas autorizaciones desde hacía varios años".
Entre ellas mencionó a los elaboradores vendedores de alimentos en diferentes
modalidades, el elaborador de vinos, el aserrador, el cantero, el enrollador de
motores, bobinas y otros equipos, el fabricante vendedor de coronas y flores, el
hojalatero, el instructor de prácticas deportivas (excepto las artes marciales),
el recolector vendedor de materias primas, el masajista...

Podrá ejercerse el trabajo por
cuenta propia en 178 actividades


A las actividades que existían se suman siete nuevas que incluyen al tenedor
de libros, exceptuándose aquí a los contadores y técnicos de nivel medio en
Contabilidad con vínculo laboral en la especialidad; el cuidador de baños
públicos y de parques; el repasador, excluyéndose a los maestros en activo; el
trabajador agropecuario eventual; el vendedor de producciones agrícolas en
puntos de venta o quioscos en carreteras y autopistas; y el gestor de viajeros,
referido a las personas que tramitan pasajeros de los taxis particulares en las
terminales.


Valhuerdi explicó igualmente que el otorgamiento de nuevas autorizaciones
para el ejercicio del trabajo por cuenta propia se mantiene limitado por ahora
en nueve actividades, porque no existe un mercado lícito para adquirir la
materia prima, aunque se estudian alternativas que lo viabilicen. Ellas son:
chapistero; elaborador vendedor de artículos de granito y mármol; elaborador
vendedor de jabón, betún, tintas, sogas y otros similares; fundidor; herrero;
oxicortador; productor vendedor de artículos de aluminio; pulidor de pisos; y
productor vendedor de artículos de fundición no ferrosa.

 

Se prescinde del requisito de ser jubilado o tener algún vínculo
laboral para acceder al trabajo por cuenta propia.



Del necesario mercado para estas actividades, explicó Marino Murillo Jorge,
vicepresidente del Consejo de Ministros y titular de Economía, que "estamos
diseñando en el plan de la economía del año próximo qué debemos incorporar
teniendo en cuenta las nuevas transformaciones que demandarán ferreterías,
exigirán de equipamientos gastronómicos que hoy no se venden. Tenemos que
conducir el plan para lograr coherencia con lo hecho. Lo óptimo es un mercado
mayorista con precios diferentes para ellos. Pero eso no lo vamos a poder hacer
en los próximos años. Ahora tenemos que lograr un mercado donde ellos puedan
comprar lo necesario aunque sin diferenciar los precios minoristas".


Valhuerdi comentó que, cuando entre en vigor la resolución, podrán utilizarse
hasta 20 plazas en las "paladares", donde antes se podían tener 12; que se
permitirá comercializar en ellas productos alimenticios elaborados a base de
papa, mariscos y carne de res. Se prescinde, además, del requisito de ser
jubilado o tener algún vínculo laboral para acceder a esta forma de empleo.


Con estas regulaciones se ratifica
la continuidad del ejercicio por cuenta propia a los profesionales
universitarios y técnicos graduados con anterioridad al año 1964. Se respeta así
el ejercicio que desde hace más de cuatro décadas viene ejerciendo un pequeño
número de personas, quienes están inscritos en el Registro de Contribuyentes


Y en la flexibilización del trabajo por cuenta propia se tuvo en cuenta la
ampliación de la actividad de arrendamiento de viviendas, la cual elimina añejas
prohibiciones tras las que se lían un entramado "bien visible" de ilegalidades.
Tales negativas, que en un momento cumplieron su función, constituyen hoy un
obstáculo al difícil problema de la vivienda. Entonces, se autoriza el
arrendamiento a las personas que tienen autorización para residir en el
extranjero (PRE) o a aquellos que, viviendo en Cuba, salgan del país por más de
tres meses. Igualmente, y para apoyar el trabajo por cuenta propia, se concede
la posibilidad de alquilar viviendas, habitaciones y espacios para su
ejercicio.


Es oportuno señalar que el dueño de la vivienda puede designar a un
representante para pedir una licencia de arrendamiento, lo cual viabilizará la
gestión a quienes no estén en el país y deseen alquilar su domicilio. La
aprobación será, en todos los casos, del director municipal de Vivienda. Igual
sucederá con los transportistas que decidan afiliarse al trabajo por cuenta
propia. Los que tengan autorización para residir en el exterior o viajen por más
de tres meses, también pueden nombrar un representante para arrendar sus
vehículos.


Cuando entren en vigor las nuevas regulaciones, los que están afiliados al
trabajo por cuenta propia, y quienes se incorporen a él, tendrán la obligación
de pagar impuestos sobre los ingresos personales, sobre las ventas, los
servicios públicos, y por la utilización de fuerza de trabajo, además de
contribuir a la Seguridad Social.


Mención especial, por su trascendencia, merece la contribución del trabajador
por cuenta propia a la Seguridad Social, pues, con el fin de ofrecerle
protección ante la vejez, la invalidez total, la maternidad y, en caso de
muerte, a su familia, se dispuso para él un régimen especial al cual deberá
afiliarse como requisito indispensable para ejercer esta forma de empleo, con
excepción de quienes laboren también en el sector estatal, se encuentren
jubilados, pensionados o sean beneficiarios de otro régimen de Seguridad Social.


Todas estas medidas relacionadas con el trabajo por cuenta propia, que
Granma irá detallando en próximos reportajes, contribuirán a que esta
forma de empleo sea una alternativa más, bajo el ojo atento del Estado que, como
representante del pueblo, está mandatado para buscar soluciones que mejoren el
nivel de vida de los cubanos, respetando siempre los principios socialistas que
rigen nuestra Constitución. Como dijera el General de Ejército en el Tercer
Periodo Ordinario de Sesiones de la VII Legislatura del Parlamento, el primero
de agosto de 2009, el fin es defender, mantener y continuar perfeccionando el
socialismo, no destruirlo. Por esos caminos sigue desandando nuestra
Cuba.

 

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La Regulación del MTSS sobre la ampliación del
ejercicio del trabajo por cuenta propia, detalla que quienes se afilien a él
pueden ejercer más de una actividad, tanto en su municipio de procedencia como
en cualquier lugar del país, siempre que cumplan las regulaciones establecidas
por los Consejos de la Administración. Así, tendrán la posibilidad de realizar
el trabajo en su domicilio o en cualquier otro local o espacio arrendado.
Dispone el documento que los trabajadores pueden comercializar sus productos y
servicios a entidades estatales, dentro de los límites financieros que ellas
tengan.

 

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En estos momentos se analiza con el Banco Central de
Cuba cómo hacer viable la posibilidad de que quienes decidan incorporarse al
trabajo por cuenta propia puedan acceder a un crédito bancario para echar a
andar la actividad escogida.

 

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Los funcionarios del Instituto Nacional de la
Vivienda precisaron que, a partir de octubre, se deroga la prohibición que
impedía arrendar viviendas completas en CUC; alquilar con límite de horas; y
rentar los inmuebles asignados por el Estado después del 2001, y en los que se
habían realizado labores de construcción en los últimos años. Estas medidas se
aprueban sin excepción para ningún territorio. La nueva regulación permite al
propietario que alquila contratar fuerza de trabajo, y realizar otras
actividades por cuenta
propia.

Actividades
autorizadas para el ejercicio del trabajo por cuenta propia


http://www.granma.cubaweb.cu/2010/09/24/nacional/artic10.html

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